Micelio
Auto4 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Karen Melisa Cuellar Muñoz·Demandado Ministerio De Educacion Nacional

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia En Tutela Por Factor Territorial
  • Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 29 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y el Juzgado 6 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Neiva.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.

Consideró la Corte que la única autoridad habilitada, en virtud del factor territorial, para asumir el conocimiento de la solicitud de amparo es el Juzgado 29 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá a donde remitió el expediente para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 21 de julio de 2025 por el Juzgado 029 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, en el proceso de tutela promovido por la señora Karen Melisa Cuellar Muñoz en contra del Ministerio de Educación Nacional.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5098 al Juzgado 029 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
  3. TERCERO. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte accionante, al Juzgado 029 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y al Juzgado 006 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Neiva.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.